PRINCIPIOS ÉTICOS
DE LOS PSICÓLOGOS.-
(Revisión de
1981)
Esta versión de los Principios Éticos de los Psicólogos* (titulada anteriormente Normas Éticas de los Psicólogos) fue adoptada
por el Consejo de Representantes de la Asociación Psicológica Norteamericana el
24 de enero de 1981. Los Principios Éticos Psicológicos, Revisión de 1981,
contienen cambios gramaticales y de fondo en cada uno de los nueve principios
éticos que componían las Normas Éticas de los Psicólogos adoptadas
anteriormente por el Consejo de Representantes en 1979, además de un nuevo y
décimo principio titulado “Cuidado y Uso de los Animales”. Las preguntas
relacionadas con los Principios Éticos de los Psicólogos deben dirigirse al
Funcionario Administrativo de Ética – Asociación Psicológica Norteamericana – 1
200 Seventeenth Street, N.W. Washington D.C. 20036.-
*Aprobado por el
Consejo de Representantes (enero de 1981). Estos Principios Éticos se aplican a
los psicólogos, a los estudiantes de psicología, y a otras personas que
realizan trabajos de naturaleza psicológica bajo la supervisión de un
psicólogo. Pensamos que también les pueden ser útiles a los que no son miembros
de la Asociación y que se dedican a investigaciones o trabajos psicológicos.-
Prólogo.-
Los psicólogos respetan la dignidad y el valor del individuo y se esfuerzan
por preservar y proteger los derechos humanos fundamentales. Están dedicados a
incrementar los conocimientos sobre la conducta humana y la comprensión de la
gente sobre sí misma y sobre los demás, y a utilizar esos conocimientos para
promover el bienestar humano. Al mismo tiempo que persiguen esos objetivos,
hacen toda clase de esfuerzos por proteger el bienestar de aquellos que
solicitan sus servicios y de los participantes en investigaciones que pueden
ser objeto de su estudio. Usan sus destrezas sólo para los propósitos que
concuerdan con estos valores, y no permiten, a sabiendas, que otras personas
les den un mal uso. A la vez que demandan para sí mismos libertad de indagación
y comunicación, los psicólogos aceptan la responsabilidad que esta libertad
requiere: competencia, objetividad en la aplicación de sus habilidades, e
interés por lo que le conviene a los clientes, colegas, estudiantes,
participantes en investigaciones y la sociedad. En la búsqueda de estos
ideales, los psicólogos suscriben principios en los siguientes terrenos:
1)
Responsabilidad.-
2)
Competencia.-
3)
Normas
morales y legales.-
4)
Declaraciones
públicas.-
5)
Confidencialidad.-
6)
Bienestar
del consumidor.-
7)
Relaciones
profesionales.-
8)
Técnicas
de evaluación.-
9)
Investigaciones
con participantes humanos.-
10)
Cuidado
y uso de los animales.-
Cuando una persona es aceptada como miembro en la Asociación Psicológica
Norteamericana, se compromete a adherirse a estos principios.-
Los psicólogos cooperan con comités debidamente constituidos en la
Asociación Psicológica Norteamericana y en particular del Comité sobre Ética y
Conducta Profesional y Científica, al responder a las indagaciones en forma
pronta y completa. Los miembros también responden en forma pronta y completa a
las indagaciones de comités de ética de asociaciones estatales debidamente
constituidos a los comités de revisión de normas profesionales.-
Principio 1. Responsabilidad.-
“al
proporcionar servicios, los psicólogos se ajustan a los niveles más altos de su
profesión. Se hacen responsables de las consecuencias de sus actos y hacen toda
clase de esfuerzos por asegurarse de que sus servicios se usen apropiadamente”.-
1.
Como científicos, los psicólogos aceptan la
responsabilidad de seleccionar sus temas de investigación y los métodos usados
en investigaciones, análisis e informes. Planean su investigación de tal manera
que se reduzca al mínimo la posibilidad de que sus descubrimientos sean
engañosos. Discuten totalmente las limitaciones de sus datos, especialmente
cuando su trabajo alude a la política social o se podría interpretar en forma
desventajosa para personas de determinada edad, sexo, grupo socioeconómico u
otros grupos sociales. Al publicar los informes de su trabajo, nunca suprimen
datos que no lo confirmen, y reconocen la existencia de otras hipótesis y
explicaciones de sus descubrimientos. Los psicólogos sólo se atribuyen el
trabajo que han hecho realmente.-
2.
Los psicólogos aclaran de antemano con todas las personas
y agencias apropiadas las expectativas de compartir y utilizar los datos de la
investigación. Evitan relaciones que puedan limitar su objetividad o crear un
conflicto de intereses. La interferencia con el medio en que se recogen los
datos se mantiene en un nivel mínimo.-
3.
Los psicólogos tienen la responsabilidad de tratar de
impedir que las instituciones o las agencias para las que trabajan deformen,
supriman o den mal uso a sus descubrimientos psicológicos.-
4.
Como miembros de organismos del gobierno o de
organizaciones, los psicólogos siguen siendo responsables, como individuos, del
cumplimiento de las normas más altas de su profesión.-
5.
Como maestros, los psicólogos reconocen su obligación
primordial de ayudar a otros a adquirir conocimientos y destrezas. Mantienen
altas normas académicas al presentar la información psicológica en forma
objetiva, completa y exacta.-
6.
Como médicos, los psicólogos saben que tienen una gran
responsabilidad social porque sus recomendaciones y actos profesionales pueden
modificar las vidas de otros. Están alertas a las situaciones y presiones de
tipo personal, social, de organizaciones, financiero o político que puedan
llevar al mal uso de su influencia.-
Principio 2. Competencia.-
“El
nacimiento de altos niveles de competencia es una responsabilidad que comparten
todos los psicólogos en el interés del público y de la profesión en general. Los
psicólogos reconocen los linderos de su competencia y las limitaciones de sus
técnicas. Sólo proporcionan servicios y sólo usan técnicas para los cuales aún
están capacitados debido a su adiestramiento y experiencia. En aquellos campos
en que aún no existen normas reconocidas, los psicólogos toman las precauciones
necesarias para proteger el bienestar de sus clientes. Se mantienen al
corriente de la información científica y profesional actual en relación con los
servicios que prestan”.-
1.
Los psicólogos exponen con exactitud su competencia,
educación, adiestramiento y experiencia. Presentan como pruebas de sus dotes
educacionales sólo aquellos grados académicos obtenidos de instituciones
aceptables bajo las Reglas y Estatutos del Consejo de la Asociación Psicológica
Norteamericana.-
2.
Como maestros, los psicólogos cumplen sus deberes sobre
la base de una preparación cuidadosa a fin de que su instrucción sea exacta,
actualizada y académica.-
3.
Los psicólogos reconocen la necesidad de continuar su
educación y están abiertos a nuevos procedimientos y cambios en las
expectativas y valores a través del tiempo.-
4.
Los psicólogos reconocen las diferencias entre la gente,
como las que pueden estar relacionadas con la edad, el sexo y los antecedentes
socioeconómicos y étnicos. Cuando es necesario, obtienen adiestramiento,
experiencia o consejo para asegurarse que realizan un servicio o investigación
competente en relación con aquellas personas.-
5.
Los psicólogos responsables de las decisiones
relacionadas con individuos o políticas basadas en los resultados de sus
pruebas deben haber estudiado las mediciones psicológicas o educacionales, los
problemas de la validación y las pruebas de investigación.-
6.
Los psicólogos reconocen que los problemas y conflictos
personales pueden interferir con la eficacia profesional. En consecuencia, se
abstienen de emprender cualquier actividad en que sus problemas personales
conduzcan a una actuación inadecuada o a dañar a un cliente, colega, estudiante
o participante en investigación. Si se dan cuenta de que tienen problemas
personales cuando desempeñan alguna actividad de este tipo, buscan ayuda
profesional competente para determinar si deben suspender, terminar o limitar
el radio de acción de sus actividades profesionales o científicas, o de ambas.-
Principio 3. Normas Morales y Legales.-
“las
normas de conducta morales y éticas de los psicólogos son una cuestión personal
en la misma medida en que lo son para cualquier ciudadano, excepto cuando
comprometen la realización de sus responsabilidades profesionales, o reducen la
confianza del público en la psicología y los psicólogos. En relación con su
propia conducta, los psicólogos son sensibles a las normas que prevalecen en su
comunidad y al posible efecto que su conformidad con esas normas o su
apartamiento de ellas puede tener sobre la calidad de su actuación como
psicólogos. Los psicólogos también se dan cuenta de las posibles repercusiones
de su conducta pública sobre la capacidad de sus colegas para desempeñar sus
deberes profesionales”.-
1.
Como maestros, los psicólogos se dan cuenta de que sus
valores personales pueden afectar la selección y presentación de materiales de
instrucción. Cuando tratan temas que puedan ofender a alguien, reconocen y
respetan las diversas actitudes que los estudiantes puedan tener hacia esos
materiales.-
2.
Como empleados o como patrones, los psicólogos no
realizan actos inhumanos o que resulten en actos ilegales o injustificables, ni
aprueban cuando otros lo hacen. Esos incluyen, entre otros (pero no se limitan
a ellos), los que se basan en consideraciones de raza, impedimentos, edad,
género, preferencia sexual, religión u origen nacional para contratar, ascender
o adiestrar a otras personas.-
3.
En sus papeles profesionales, los psicólogos evitan
cualquier acto que viole o disminuya los derechos legales y civiles de sus
clientes o de otros que puedan ser afectados por sus actos.-
4.
Como médicos e investigadores, los psicólogos actúan de
acuerdo con las normas y guías de la Asociación relacionadas con la práctica y
la conducción de investigaciones con seres humanos y animales. En el curso
normal de los sucesos, los psicólogos cumplen las leyes gubernamentales e
institucionales pertinentes. Cuando las leyes, reglamentos o costumbres federales, estatales,
provinciales, organizacionales o institucionales estén en conflicto con las
normas guías de la Asociación, los psicólogos hacen saber a las personas
interesadas su compromiso con las normas y guías de la Asociación y cuando es
posible trabajan para resolver el conflicto. Tanto los médicos como los
investigadores se preocupan por elaborar los reglamentos legales y cuasilegales
que más beneficien al público, y trabajan para cambiar los reglamentos
existentes que no lo benefician.-
Principio 4. Declaraciones Públicas.-
“Las
declaraciones públicas, los anuncios de servicios, la publicidad y las
actividades promocionales de los psicólogos sirven para ayudar al público a
hacer juicios y elecciones informados. Los psicólogos deben exponer con
exactitud y objetividad sus calificaciones, afiliaciones y funciones
profesionales, así como aquellas instituciones u organizaciones con las que
ellos o sus declaraciones pueden estar asociados. En las declaraciones públicas
que proporcionan información psicológica u opiniones profesionales, o
proporcionan información sobre la disponibilidad de productos, publicaciones y
servicios psicológicos, los psicólogos basas sus declaraciones en
descubrimientos y técnicas psicológicas científicamente aceptables, con pleno
reconocimiento de los límites e inseguridad de esas pruebas”.-
1.
Cuando anuncian un servicio profesional, los psicólogos
pueden hacer una lista con la siguiente información que describe los servicios
y la persona que los proporciona: nombre, grado académico pertinente más alto
obtenido en una institución acreditada regionalmente, fecha, tipo y nivel de
certificación o licencia, rango de diplomado, estado de su afiliación en la
APA, dirección, teléfono, horas de oficina, una lista breve del tipo de
servicios psicológicos que ofrece, informes apropiados sobre los honorarios,
idiomas que habla, y política en relación con los pagos de terceras personas.
Se puede incluir otra información pertinente o importante para el consumidor,
si no lo prohíben otras secciones de estos Principios Éticos.-
2.
Al anunciar que están disponibles productos,
publicaciones o servicios psicológicos, los psicólogos no presentan su
afiliación en alguna organización en una forma que implique falsamente que esa
organización los patrocina o certifica. Particularmente, y a título de ejemplo,
los psicólogos no deben manifestar que son miembros o socios de la APA en una
forma que sugiera que tienen competencia o dotes profesionales especializados.
Las declaraciones públicas incluyen comunicaciones en periódicos, libros, listas,
directorios, televisión, radio o películas aunque no se limitan a ellos, no
deben contener: 1) declaraciones
falsas, fraudulentas, engañosas o injustas; 2) una interpretación errónea de un hecho, o una declaración que
pueda confundir porque en ese contexto revela sólo una parte de los hechos
pertinentes; 3) un testimonio de un
paciente en relación con la calidad de los servicios o productos de un
psicólogo; 4) una declaración que
tenga intención o probabilidades de crear expectativas falsas o injustificadas
de resultados favorables; 5) una
declaración que implique habilidades únicas o poco usuales; 6) una declaración que tenga intención
o probabilidades de apelar a los temores, angustias o emociones de un cliente
en relación con las posibles consecuencias de no obtener los servicios
ofrecidos; 7) una declaración que
indique que el servicio ofrecido es relativamente deseable; 8) una declaración que apele
directamente a clientes individuales.-
3.
Los psicólogos no deben compensar o dar algo de valor a
los representantes de la prensa, radio, televisión u otros medios de
comunicación a cambio de publicidad profesional o en anticipación a ella. Un
anuncio pagado se debe identificar como tal, a menos que pueda verse por el
contexto que es un anuncio pagado. Si el anuncio se va a hacer llegar al
público por medio de la radio o la televisión, deberá ser grabado previamente y
aprobado por los psicólogos para su transmisión, y el psicólogo debe conservar
una grabación de la transmisión.-
4.
Los anuncios de “grupos de crecimiento personal”,
clínicas y agencias dan una clara declaración de propósito y una inequívoca
descripción de las experiencias que se van a proporcionar. La preparación, el
adiestramiento y experiencia de los miembros del personal de deben especificar
en forma apropiada.-
5.
Los psicólogos relacionados con el desarrollo o la
promoción de artefactos, libros u otros productos ofrecidos para venta deben
hacer esfuerzos razonables para asegurarse que los anuncios se presenten en una
forma profesional, científicamente aceptable y objetivamente informativa.-
6.
Los psicólogos no deben participar, a cambio de una contribución
personal en anuncios comerciales que recomienden al público la venta o uso de
productos o servicios patentados o de una sola fuente cuando esa participación
se basa únicamente en su identificación como psicólogos.-
7.
Los psicólogos deben presentar la ciencia de la
psicología y ofrecer sus servicios, productos y publicaciones en forma justa y
exacta, evitando presentarlas en forma equivocada mediante sensacionalismo,
exageración o superficialidad. A los psicólogos los guía la obligación primordial
de ayudar al público a elaborar juicios, opiniones y hacer elecciones
informadas.-
8.
Como maestros, los psicólogos deben asegurarse de que sus
declaraciones en catálogos y bocetos de cursos sean exactas y no sean
engañosas, particularmente en términos de las materias que se van a cubrir, las
bases para evaluar el progreso y la naturaleza de las experiencias del curso.
Los anuncios, folletos o publicidad que describan seminarios u otros programas
educacionales deben describir con precisión el tipo de público al que le
conviene el programa, así como los requisitos de elegibilidad, los objetivos
educacionales y la naturaleza de los materiales que se van a cubrir. Estos
anuncios también deben describir con exactitud los estudios, el adiestramiento
y la experiencia de los psicólogos que presentan el programa, y los honorarios
que se cobran.-
9.
Los anuncios públicos que soliciten participantes para
las investigaciones, en los cuales se ofrecen como alicientes servicios
clínicos u otros servicios profesionales, deben dejar clara la naturaleza de
los servicios así como los costos y otras obligaciones que han de aceptar los
participantes de la investigación.-
10.
Los psicólogos aceptan la obligación de corregir a todos
aquellos que representen a su profesión, y las asociaciones que proporcionan
productos y servicios en forma incompatible con estas guías.-
11.
El diagnóstico individual y los servicios terapéuticos se
deben proporcionar únicamente en el contexto de una relación psicológica
profesional. Cuando se da consejo personal por medio de una conferencia o
demostración pública, o de artículos en periódicos o revistas, el psicólogo
debe utilizar los datos pertinentes más actualizados y ejercer el más alto
nivel de criterio profesional.-
12.
Los productos que se describen o se presentan por medio
de confesiones públicas, artículos en periódicos o revistas y programas de
radio o televisión o medios de comunicación similares, deben seguir las mismas
normas conocidas que existen en el contexto de una relación profesional.-
Principio 5. La Confidencialidad.-
“Los
psicólogos tienen la obligación primordial de respetar la confidencialidad de
la información obtenida de personas en el curso de su trabajo como psicólogos.
Esa información sólo se revela a otros con el consentimiento de la persona o de
su representante legal, excepto en aquellas circunstancias poco usuales en que
el hecho de no revelarla pondrá en peligro evidente a la persona o a otras
personas. En el momento apropiado, los psicólogos deben informar a sus clientes
de los límites legales de la confidencialidad”.-
1.
La información obtenida en relaciones clínicas o de
consulta, o los datos de evaluación relacionados con niños, estudiantes,
empleados y otras personas, se mencionan únicamente para propósitos
profesionales y sólo con personas que tienen que ver claramente con el caso.
Los informes escritos y orales presentan sólo datos relativos al propósito de
la evaluación y se hace toda clase de esfuerzos para evitar una invasión
indebida a la vida privada.-
2.
Los psicólogos que presentan información personal
obtenida durante el curso del trabajo profesional en escritos, conferencias u
otros foros públicos deben obtener previamente el consentimiento para hacerlo,
o disfrazar adecuadamente toda información que pueda identificar a los
protagonistas.-
3.
Los psicólogos deben tomar precauciones para mantener la
confidencialidad al guardar los expedientes o al deshacerse de ellos.-
4.
Cuando trabajan con menores de edad u otras personas que
no están capacitadas para dar un consentimiento voluntario e informado, los
psicólogos deben tener un cuidado especial de proteger los intereses de esas
personas.-
Principio 6. El Bienestar del Consumidor.-
“Los
psicólogos deben respetar la integridad y proteger el bienestar de la gente y
los grupos con los que trabajan. Cuando hay un conflicto de interés entre un
cliente y la institución para la cual trabaja el psicólogo, éste debe poner en
claro la naturaleza y la dirección de sus lealtades y responsabilidades y
mantener informadas de sus compromisos a todas las partes que tienen que ver
con el asunto. Los psicólogos deben informar plenamente a los consumidores del
propósito y la naturaleza de un procedimiento de evaluación, de tratamiento,
educacional o de adiestramiento, y reconocer libremente que los clientes,
estudiantes o participantes en investigaciones tienen libertad de elección
respecto a la participación”.-
1.
Los psicólogos se dan cuenta en todo momento de sus
propias necesidades y de su posición potencialmente influyente en relación con
sus clientes, empleados, subordinados, etc. Deben evitar explotar la confianza
y la dependencia de esas personas. Los psicólogos deben hacer toda clase de
esfuerzos para evitar las relaciones duales que puedan menoscabar su juicio
profesional o aumentar el riesgo de la explotación. Algunos ejemplos de estas
relaciones duales (aunque no son los únicos) incluyen la investigación o el
tratamiento de empleados, estudiantes, personas que reciben supervisión, amigos
íntimos, o parientes. La intimidad sexual con los clientes es contraria a la
ética.-
2.
Cuando un psicólogo acepta proporcionar servicios a un
cliente a solicitud de una tercera persona, el psicólogo asume la
responsabilidad de aclarar la naturaleza de las relaciones a todas las partes
interesadas.-
3.
Cuando las demandas de una organización requieren que los
psicólogos violen estos Principios Éticos, deben aclarar la naturaleza del
conflicto entre la demanda y estos principios. Los psicólogos deben informar a
todas las partes interesadas de sus responsabilidades éticas, y tomar las
medidas apropiadas.-
4.
Los psicólogos deben hacer de antemano los arreglos
financieros que salvaguarden los mejores intereses de sus clientes, y procurar
que éstos los entiendan claramente. No dan ni reciben ninguna remuneración por
remitir clientes para que reciban servicios profesionales. Deben aportar una
porción de sus servicios a un trabajo por el que reciban poca o ninguna
remuneración financiera.-
5.
Los psicólogos deben terminar una relación clínica o de
consulta cuando es razonablemente claro que el consumidor no se beneficia con
ella. Deben ofrecerse a ayudar al consumidor a encontrar otras fuentes
alternativas de ayuda.-
Principio 7. Las Relaciones Profesionales.-
“Los
psicólogos deben actuar con debida consideración por las necesidades,
competencias especiales y obligaciones de sus colegas en psicología y en otras
profesiones. Deben respetar las prerrogativas y obligaciones de las
instituciones u organizaciones con las cuales están asociados estos otros colegas”.-
1.
Los psicólogos entienden que hay campos de actividad en
los que son competentes las profesiones relacionadas. Deben hacer pleno uso de
todos los recursos profesionales, técnicos y administrativos que más les
convengan a los consumidores. La falta de una relación formal con otros
profesionales no le quita al psicólogo la responsabilidad de obtener para sus
clientes el mejor servicio profesional posible ni los libra de la obligación de
aplicar previsión, diligencia y tacto para obtener la ayuda complementaria o
alternativa que necesitan sus clientes.-
2.
Los psicólogos deben conocer y tomar en cuenta las
tradiciones y costumbres de otros grupos profesionales con los cuales trabajan,
y cooperar plenamente con esos grupos. Si una persona recibe servicios similares
de otro profesional, los psicólogos no deben ofrecer sus propios servicios
directamente a esa persona. Si a un psicólogo lo va a ver una persona que ya
recibe servicios similares de otro profesional, éste considera cuidadosamente
la relación profesional y procede con cautela y delicadeza en relación con los
problemas terapéuticos y con el bienestar del cliente. El psicólogo debe
discutir estos asuntos con el cliente a fin de reducir al mínimo el riesgo de
confusión y de conflicto.-
3.
Los psicólogos que emplean o supervisan a otros
profesionales o profesionales en adiestramiento, aceptan la obligación de
facilitar el desarrollo profesional ulterior de estos individuos. Proporcionan
condiciones de trabajo apropiadas, evaluaciones oportunas, consultas constructivas
y oportunidades para obtener experiencia.-
4.
Los psicólogos no deben explotar sexualmente ni de
ninguna otra manera sus relaciones profesionales con sus clientes, con personas
a quienes supervisan, estudiantes, empleados o participantes en investigaciones.
Los psicólogos no deben condonar ni practicar el acosamiento sexual. El
acosamiento sexual se define como los comentarios, gestos o contactos físicos
deliberados o repetidos de naturaleza sexual que no desea el receptor.-
5.
Al realizar investigaciones en instituciones u
organizaciones, los psicólogos deben obtener una autorización apropiada para
hacerlo. Deben estar conscientes de su obligación hacia los futuros
trabajadores de la investigación, y asegurarse que las instituciones que los
patrocinan reciban una información adecuada sobre la investigación y un
reconocimiento adecuado por sus contribuciones.-
6.
Se debe dar reconocimiento en las publicaciones a
aquellos que han contribuido a realizarlos en proporción a su contribución
profesional. Las contribuciones importantes de carácter profesional hechas por
varias personas a un proyecto común se deben reconocer haciéndolas aparecer en
la lista de los autores, en la que corresponderá el primer lugar a la que hizo
la principal contribución. Las contribuciones menos importantes de carácter
profesional y la ayuda mecanográfica o de tipo no profesional se pueden
reconocer en las notas de pie de página o en una declaración introductoria. Se
debe reconocer por medio de menciones específicas el material publicado y sin
publicar que ha influido directamente en la investigación o la redacción. El
psicólogo que recopila y edita material de otras personas para publicación lo
debe publicar bajo el nombre del grupo que lo originó, si es apropiado, con su
propio nombre como director o editor. Se debe reconocer y nombrar a todas las
personas que contribuyeron a la publicación.-
7.
Cuando un psicólogo se entera de que otro colega ha
violado la ética, si le parece apropiado, debe intentar resolver el problema
informalmente al presentar la conducta a la atención del cofrade. Si la falta
es de poca importancia o parece deberse a una falta de sensibilidad,
conocimientos, o experiencia (o de las tres cosas), generalmente lo apropiado
es esa solución informal. Esos esfuerzos correctivos informales deben tomar en
cuenta cualquier derecho de confidencialidad que esté involucrado. Si la
violación no parece susceptible de resolverse informalmente, es de una naturaleza más grave, el psicólogo
la debe poner en conocimiento del comité de ética y conducta que exista a nivel
local, estatal o nacional.-
Principio 8. Técnicas de Evaluación.-
“En la
elaboración, publicación y uso de las técnicas de evaluación psicológica los
psicólogos deben hacer toda clase de esfuerzos para promover el bienestar y la
conveniencia del cliente. Se deben precaver contra el mal uso de los resultados
de la evaluación. Deben respetar el derecho del cliente a conocer los
resultados, las interpretaciones que se le han dado y las bases para sus conclusiones
y recomendaciones. Los psicólogos deben hacer cualquier esfuerzo por mantener
la seguridad de las pruebas y otras técnicas de evaluación dentro de los
límites de los mandatos legales. Se deben esforzar por asegurarse que otras
personas hagan un uso apropiado de las técnicas de evaluación”.-
1.
Al usar las técnicas de evaluación, los psicólogos deben
respetar el derecho de los clientes a tener una explicación amplia de la
naturaleza y el propósito de las técnicas en un lenguaje que pueda entender el
cliente, a menos que se haya acordado de antemano hacer una excepción explícita
a este derecho. Cuando las explicaciones deben ser proporcionadas por otras
personas, el psicólogo debe establecer procedimientos para asegurar la
suficiencia de estas explicaciones.-
2.
Los psicólogos responsables de la elaboración y
unificación de las pruebas psicológicas y de otras técnicas de evaluación
utilizan procedimientos científicos establecidos y observan las normas
pertinentes de la APA.-
3.
Los psicólogos reconocen que los resultados de la
evaluación pueden quedar obsoletos, y hacen todo esfuerzo posible por evitar e
impedir el mal uso de material obsoleto.-
4.
Los psicólogos que ofrecen servicios de puntuación e
interpretación deben ser capaces de aportar pruebas apropiadas de la validez de
los programas y procedimientos usados para llegar a las interpretaciones. El
ofrecimiento al público de un servicio de interpretación automática se
considera como una consulta entre dos profesionales. El psicólogo debe hacer su
mejor esfuerzo por evitar el mal uso de los informes de evaluación.-
5.
Los psicólogos no deben animar a personas sin
adiestramiento ni preparación adecuadas, o no calificadas por cualquier otra
razón, a usar las técnicas de evaluación psicológicas en actividades de
enseñanza, patrocinio o supervisión.-
Principio 9. Investigaciones con Participantes Humanos.-
“La
decisión de emprender investigaciones descansa en el juicio de cada psicólogo
sobre cuál es la mejor manera de contribuir a la ciencia psicológica y al
bienestar humano. Habiendo tomado la decisión
de realizar investigaciones el psicólogo considera otras direcciones opcionales
hacia las cuales podría dirigir las energías y los recursos de la
investigación. Sobre la base de esta consideración, el psicólogo debe llevar a
cabo la investigación con respecto e interés por la dignidad y el bienestar de
la gente que participa, y con conocimientos sobre los reglamentos federales y
estatales y las normas profesionales que gobiernan las investigaciones con
participantes humanos”.-
1.
Al planear un estudio, el investigador tiene la
responsabilidad de hacer una cuidadosa evaluación de su aceptabilidad ética. En
la medida en que la consideración de los valores científicos y humanos indique
que se ha comprometido algún principio, el investigador incurre en una
obligación correspondientemente grave de buscar consejo ético y de observar
medidas de seguridad estrictas para proteger los derechos de los participantes
humanos.-
2.
Una responsabilidad ética primordial del investigador es
considerar si las personas que participan en un estudio planeado serán
“sometidas a un riesgo” o “sometidas a un riesgo mínimo” de acuerdo con los
criterios reconocidos.-
3.
El investigador siempre conserva la responsabilidad de
asegurarse que se respete la ética en la investigación. El investigador también
es responsable de que los colaboradores, ayudantes, estudiantes y empleados
traten éticamente a los participantes en la investigación, y a su vez todos
ellos incurren en obligaciones similares.-
4.
Con excepción de las investigaciones con riesgo mínimo,
el investigador debe establecer un acuerdo claro y justo con los participantes
de la investigación, antes de su participación, que aclare las obligaciones y
responsabilidades de cada uno. El investigador tiene obligación de cumplir
todas las promesas y compromisos que se hayan hecho en el acuerdo. El
investigador debe informar a los participantes de todos los aspectos de la
investigación que sería razonable suponer que influyeran en su disposición a
participar, y explicar todos los demás aspectos de la investigación sobre los
cuales indaguen los participantes. El hecho de no dar explicaciones completas
antes de obtener el consentimiento informado hará que se requieran medidas de
seguridad adicionales para proteger el bienestar y la dignidad de los
participantes en la investigación. Las investigaciones con niños o con personas
que tengan impedimentos que limiten su comprensión o comunicación, o ambas
cosas, requieren medidas de seguridad especiales.-
5.
Los requisitos metodológico de un estudio pueden hacer
que sea necesario usar la ocultación o en el engaño. Antes de emprender un
estudio de este tipo, el investigador tiene las siguientes responsabilidades
especiales i) determinar si el uso
de estas técnicas está justificado por el valor científico, educacional o
aplicado que se atribuya al estudio; ii)
determinar si se cuenta con otros procedimientos que no utilicen la ocultación
ni el engaño; y iii) asegurarse de
que proporcionen a los participantes suficientes explicaciones lo más pronto
posible.-
6.
El investigador debe respetar la libertad del individuo
para no prestarse a participar en la investigación o para retirarse de ella en
cualquier momento. La obligación de proteger esta libertad requiere
consideración cuidadosa cuando el investigador está en una posición de
autoridad o influencia sobre el participante. Esa posición de autoridad incluye
las situaciones (aunque no está limitada a ellas) en que la participación en la
investigación se requiere como parte de un empleo o cuando el participante es
un estudiante, cliente o empleado del investigador.-
7.
El investigador debe proteger a los participantes de las
incomodidades, daños y peligros físicos y mentales que puedan surgir del
proceso de investigación. Si existen riesgos de esas consecuencias, el
investigador tiene obligación de informar de ello al participante. No se deben
usar procedimientos de investigación que probablemente causen daños graves o
durables a un participante, salvo que el hecho de no usarlos los expusiera a un
riesgo o daño mayor, o a menos que la investigación tenga un gran beneficio
potencial y se obtenga de cada participante un consentimiento voluntario y
plenamente informado. Se debe informar al participante de la forma en que se
puede poner en contacto con el investigador dentro de un periodo de tiempo
razonable después de la participación, en caso de que surjan tensiones, daños
potenciales o problemas relacionados.-
8.
Después de que se reúnen los datos, el investigador
proporciona al participante información sobre la naturaleza del estudio y trata
de quitar cualquier idea errónea que pueda haber surgido. Cuando los valores
científicos o humanitarios justifican que se retrase o se retenga información,
el investigador incurre en una responsabilidad especial de vigilar la
investigación y de asegurarse que no haya consecuencias dañinas para el
participante.-
9.
Cuando los procedimientos de investigación producen
consecuencias indeseables para cada participante, el investigador tiene la
responsabilidad de descubrir y eliminar estas consecuencias, incluyendo los
efectos a largo plazo.-
10.
La información obtenida acerca de un participante en la
investigación durante el curso de la misma es confidencial a menos que se haya
acordado otra cosa de antemano. Cuando existe la posibilidad, junto con los
planes para proteger la confidencialidad, se le explica al participante como
parte del procedimiento para obtener el conocimiento informado.-
Principio 10. Cuidado y Uso de los Animales.-
“El
investigador de la conducta animal se debe esforzar por hacer que adelanten
nuestros conocimientos de los principios conductuales básicos, o contribuir al
mejoramiento de la salud y bienestar humanos, o ambas cosas. Al perseguir estos
fines, el investigador se debe asegurar del bienestar de los animales y
tratarlos humanitariamente. A pesar de las leyes y reglamentos, la protección
inmediata del animal depende de la propia conciencia del científico”.-
1.
La adquisición, el cuidado, uso y eliminación de todos
los animales debe cumplir con las leyes y reglamentos locales, estatales y
federales.-
2.
El psicólogo adiestrado en métodos de investigación y
experimentado en el cuidado de los animales de laboratorio debe supervisar muy
de cerca todos los procedimientos en que intervienen animales, y es responsable
de que se dé consideración apropiada a su comodidad, salud y trato
humanitario.-
3.
Los psicólogos deben asegurarse que todos los individuos
que usan animales bajo su supervisión han recibido instrucciones explícitas
sobre los métodos experimentales y sobre el cuidado, mantenimiento y manejo de
las especies que se usan. Las responsabilidades y actividades de los individuos
que participan en un proyecto de investigación deben concordar con sus
respectivas competencias.-
4.
Los psicólogos deben hacer toda clase de esfuerzos por
reducir al mínimo la incomodidad, enfermedades y dolores de los animales. Los
procedimientos que sometan a los animales al dolor, la tensión o las privaciones
sólo se deben usar cuando no haya otra opción, y cuando están justificados por
las ventajas científicas, educacionales o aplicadas que se espera obtener. Los
procedimientos quirúrgicos deben realizarse con la anestesia apropiada; durante
la cirugía y después de ella se deben usar técnicas para evitar las infecciones
y reducir al mínimo los dolores.-
5.
Cuando es apropiado que se ponga fin a la vida de un
animal, se debe hacer en forma rápida y sin dolor.-
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